La historia es doctrina






“Siendo el Carabinero auténtico representante de la ley, guardián del orden y seguridad interna de la nación, estando sus obligaciones y deberes tácitamente reglamentadas no se podrá utilizar sus servicios en actos que denigren su condición de tal, rebajado ante el concepto del pueblo el respeto que su autoridad merece”.

Fuente: Servicio de asistentes, boletín oficial del cuerpo nacional de carabineros y policías, año I, No. 6. segunda quincena, 30 de septiembre de 1950, pg, 45.

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